Recientemente se ha publicado en los medios una sentencia por no recavar el consentimiento para publicar una imagen de una persona en Facebook. Y para más inri resulta que esta persona es un menor de edad, por lo que el consentimiento se debería haber pedido a sus padres o tutores. Aunque no estaría de más haberle preguntado al menor si le hacía gracia aparecer en una red social y que su imagen perdure hasta que a alguien se le ocurra activar un método válido de cancelación para cumplir con lo que viene con el nuevo reglamento europeo.
Pero parece que a la gente, casi en general, le importa un bledo la ley, las consecuencias y los derechos de los demás.
Hoy mismo he contestado, ya de forma jocosa, a una señora que publicó una fotografía de un menor, presunto ladrón de una bicicleta, perteneciente a una familia desestructurada y que viene causando algunos problemas más o menos serios en el barrio. Y para más azúcar el niño es rumano, por lo que parece que da más derecho a publicar una imagen del menor. Le he llamado la atención sobre esa falta y la respuesta ha sido una petenera de rigor con doble tirabuzón. Para esta persona, y algunas más, persiste el derecho a defenderse por encima del derecho a la protección de datos, a la intimidad y a los derechos de los menores. La ha publicado porque la policía no actúa de la forma en que ella cree que debe hacerlo, ni los jueces ni nadie. Y como un Batman llamado desde Facebook se toma la justicia por su cámara y sube sin ningún rubor la imagen de un menor sin ningún tipo de consentimiento.
No todo vale. La ley ha actuado sobre el menor y sobre su familia, que bastante desgracia tienen de vivir como viven, lo que no justifica las gamberradas del crío, llevándolo a un centro de menores y quitando la custodia a los padres. Pero aún así nadie les puede quitar su derecho a la intimidad.
Dejad en paz la imagen de los demás.
http://www.expansion.com/juridico/sentencias/2017/10/13/59e0afa4e5fdea4a588b45ba.html